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Amortización de los vehículos de empresa: la guía completa de los límites máximos para 2025 

La amortización de un vehículo de empresa es una de las herramientas fiscales más estratégicas para una empresa. Sin embargo, las normas —y, sobre todo, los límites máximos— cambian con frecuencia, y un error en el cálculo de la amortización deducible puede convertirse rápidamente en una costosa liquidación tributaria. En 2025, los retos son aún más acuciantes: la fiscalidad del automóvil se adapta a los objetivos medioambientales, con mayores ventajas para los vehículos «limpios» y restricciones más estrictas para los motores térmicos. 

Esta guía le ofrece las cifras, las normas y las buenas prácticas para 2025, con el fin de que pueda optimizar sus deducciones fiscales con total tranquilidad. 

Índice:

Entender la amortización de un vehículo de empresa 

La amortización permite distribuir el coste de adquisición de un vehículo a lo largo de su vida útil, que suele ser de 5 años en el caso de un vehículo nuevo. Este gasto se deduce posteriormente de la base imponible de la empresa, reduciendo así su impuesto de sociedades. Sin embargo, hay que tener en cuenta que una parte de esta amortización puede no ser deducible, dependiendo del tipo de vehículo y de su nivel de emisiones de CO₂.

Métodos de cálculo 

Existen dos métodos: 

  • Amortización lineal: el coste del vehículo se distribuye de forma equitativa a lo largo de cada año de su vida útil. 
  • La amortización decreciente: los gastos son más elevados durante los primeros años, lo que permite reducir en mayor medida la base imponible al inicio del periodo. Sin embargo, este método se limita a determinados tipos de vehículos (vehículos comerciales, transporte público) y excluye los turismos convencionales. 

 Los límites máximos de amortización deducible en 2025 

Los límites máximos de deducción varían en función de las emisiones de CO₂ (norma WLTP) del vehículo. A continuación se presenta la tabla aplicable en 2025: 

Emisiones de CO₂ (WLTP)  Límite máximo de deducción
Menos de 20 g/km (vehículos eléctricos y de hidrógeno)  30.000€
Entre 20 y 59 g/km (híbridos enchufables)  20.300€
Entre 60 y 130 g/km  18.300€
Superior a 130 g/km  9.900€

Nota: Estos límites máximos se aplican al precio de compra, IVA incluido, de los vehículos adquiridos en 2025. Los vehículos comerciales no están sujetos a estas limitaciones. 

El caso particular de los vehículos eléctricos e híbridos enchufables 

Vehículos 100 % eléctricos 

Los vehículos eléctricos (VE) se benefician de un límite máximo de deducción ventajoso de 30 000 €. Además, si la batería se factura por separado, su amortización no está sujeta a dicho límite, lo que permite una optimización fiscal adicional. En 2025, las empresas también podrán recuperarel 100 % del IVA sobre la electricidad utilizada para recargar sus vehículos, ya sea en puntos de recarga instalados en sus instalaciones o en puntos de recarga públicos. 

Vehículos híbridos enchufables 

Los híbridos enchufables (PHEV) con emisiones de entre 20 y 59 g/km se benefician de un límite máximo de 20 300 €. Sin embargo, su fiscalidad se endurecerá en 2025: fin de las exenciones del impuesto regional sobre el permiso de circulación, aplicación de la penalización por peso y supresión progresiva de las ayudas a la compra. Por lo tanto, las empresas deben evaluar con precisión la autonomía eléctrica real de estos vehículos para optimizar su TCO. 

¿Cómo te facilita la gestión de tus declaraciones un seguimiento preciso de la flota? 

Para una gestión contable rigurosa —especialmente en lo que respecta al cálculo de las prestaciones en especie— es imprescindible un seguimiento preciso y automatizado del kilometraje. Las herramientas de gestión de flotas ofrecen una trazabilidad mucho más fiable que un simple libro de registro en papel, lo que reduce el riesgo de errores y correcciones. Además, permiten: 

  • Centralizar los datos(kilometraje, consumo, mantenimiento). 
  • Automatizar los cálculosde amortización y de reintegración fiscal. 
  • Optimizar el coste total de propiedad (TCO) identificando los vehículos más costosos o infrautilizados. 

Ejemplos prácticos de cálculo de la amortización 

Ejemplo 1: Vehículo eléctrico (precio de compra: 42 000 €) 

  • Base deducible: 30 000 € (límite máximo para 2025). 
  • Plazo de amortización: 5 años (lineal). 
  • Cuota de amortización: 30 000 € / 5 = 6 000 € al año. 
  • Ahorro fiscal: 6 000 € × tipo del impuesto de sociedades (25 %) = 1 500 € al año. 

Ejemplo 2: Vehículo de combustión (precio de compra: 25 000 €, emisiones > 130 g/km) 

  • Base deducible: 9 900 € (límite máximo para 2025). 
  • Plazo de amortización: 5 años (lineal). 
  • Cuota de amortización: 9 900 € / 5 = 1 980 € al año. 
  • Reintegración fiscal: (25 000 € – 9 900 €) = 15 100 € no deducibles. 

Los errores que hay que evitar 

  • Olvidarse de comprobar las emisiones de CO₂: los límites máximos se basan en la norma WLTP, y no en la norma NEDC (el método anterior). 
  • No tener en cuenta el IVA: en el caso de los vehículos comerciales o eléctricos, el IVA puede ser deducible, lo que reduce la base amortizable. 
  • Ignorar los cambios legislativos: en 2025, los nuevos impuestos (TAI, recargo por peso) y el fin de ciertas exenciones para los híbridos pueden afectar al coste total de propiedad. 

Hacia una flota más ecológica y rentable 

La elección del tipo de motorización de sus vehículos tiene un impacto fiscal directo a través de los límites máximos de amortización. Los vehículos «limpios» (eléctricos, de hidrógeno e híbridos enchufables) se ven claramente favorecidos, mientras que los costes de los motores térmicos aumentan. 

Dominar estas normas es fundamental para optimizar el coste total de propiedad (TCO) de su flota y evitar sorpresas desagradables a la hora de presentar sus declaraciones. En 2025, la electrificación de las flotas ya no es una opción, sino una necesidad estratégica para conciliar el rendimiento económico y el cumplimiento normativo.