Beneficio en especie por vehículo eléctrico en 2025: guía sobre la nueva deducción del 70 %
A pesar del aumento de los tipos, los vehículos eléctricos siguen gozando de un gran favor en 2025. El Gobierno mantiene un régimen excepcionalmente ventajoso para los vehículos 100 % eléctricos.
Una nueva exención del 70 % compensa en gran medida este aumento, lo que confirma la voluntad del Estado de apoyar la transición energética en las flotas de empresas.
- AEN, Nuevo
Índice
¿Cómo funciona la nueva deducción del 70 %?
El cálculo de la prestación en especie correspondiente a un vehículo eléctrico puesto a disposición de un empleado se realiza ahora en dos pasos:
- Cálculo del AEN «bruto »: se aplican los nuevos tipos incrementados de 2025 (por ejemplo, el 15 % del precio de compra del vehículo, IVA incluido).
- Aplicación de la exención del 70 %: a continuación, el importe obtenido se reduce en un 70 %, hasta un límite máximo anual de 4.582 €.
Ejemplo:
Tomemos el caso de un vehículo eléctrico comprado por 60 000 €:
Beneficio en especie bruto en 2025: 15 % (precio de compra) × 60 000 € = 9 000 €
Deducción del 70 %: 9 000 € × (1 – 70 %) = 2 700 €
Dado que el límite anual se ha fijado en 4 582 €, la AEN final seleccionada asciende efectivamente a 2 700 €.
Comparación con el régimen anterior:
Antes de 2025, con un tipo más bajo pero una reducción del 50 %, la AEN daba como resultado una cantidad muy similar. En otras palabras, el nuevo sistema compensa casi por completo el aumento de las tarifas, al tiempo que simplifica la interpretación de las normas.
Atención: tarifa plana frente a tarifa variable, un punto crucial
Un detalle técnico, pero esencial: la exención del 70 % solo se aplica si la prestación en especie se valora según el método a tanto alzado.
Método de evaluación | Porcentaje de deducción | Límite anual | Comentario |
Fijo | 70 % | 4 582 € | La opción más ventajosa para los vehículos eléctricos |
Gastos reales | 50 % | 2 000,30 € | Menos favorable, pero posible si los costes son bajos |
Consejo: para aprovechar al máximo la ventaja fiscal, se recomienda optar por el cálculo a tanto alzado, siempre que el vehículo cumpla los criterios de elegibilidad.
Requisitos para acogerse a este régimen preferencial
Este régimen no se aplica automáticamente: deben cumplirse una serie de requisitos específicos.
La «puntuación medioambiental», la nueva condición imprescindible
A partir del 1 de febrero de 2025, todo vehículo eléctrico que se ponga a disposición deberá alcanzar una puntuación medioambiental mínima para poder beneficiarse de la bonificación del 70 %. Esta puntuación, calculada en función de varios criterios (huella de carbono, reciclabilidad, procedencia de los materiales, etc.), tiene por objeto fomentar el uso de vehículos más respetuosos con el medio ambiente a lo largo de todo su ciclo de vida.
Otras normas que debes conocer
Los gastos de electricidad que asume el empleador para la recarga del vehículo quedan excluidos del cálculo de la prestación en especie.
El programa se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2027, lo que ofrece a las empresas una perspectiva a largo plazo.
En 2025, a pesar del aumento de los tipos del AEN, el régimen fiscal favorable para los vehículos 100 % eléctricos no solo se mantiene, sino que se refuerza. Gracias a la deducción del 70 % (con un límite máximo de 4 582 €), las empresas pueden seguir beneficiándose de un régimen fiscal muy ventajoso para sus vehículos eléctricos.
Hay dos aspectos que hay que tener en cuenta:
- Optar por la valoración a tanto alzado para beneficiarse de la deducción completa.
- Comprueba la puntuación medioambiental del vehículo antes de ponerlo a disposición.
Por lo tanto, los vehículos eléctricos siguen siendo una opción estratégica y sostenible para las flotas empresariales.

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